La limitación de alguna facultad, física, mental y funcional, se le denomina discapacidad y acá, explicaremos desde la definición hasta los tipos de esta condición especial.
¿Qué es la discapacidad según la OMS?
“Es aquella restricción o impedimento de la capacidad para realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para el ser humano”.
Dicho concepto de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre la discapacidad se oficializó en la década de los 50.
En la actualidad, la OMS y las diferentes organizaciones se han esforzado para la integración de las personas con impedimentos dentro de la sociedad.
Tipos de discapacidad
En el ámbito médico, la discapacidad ha tenido diversas clasificaciones o tipos, que se han ampliado con el paso del tiempo.
Sin embargo, podemos resaltar cuatro componentes principales que determinan los tipos de discapacidad y que se abordan de la siguiente manera:
1. Física o motriz
Este tipo de discapacidad aborda a las personas con restricciones o impedimento a la hora de desplazarse o moverse libremente.
Por otra parte, entran en esta clasificación, aquellos pacientes con pérdida progresiva de las funciones motoras o físicas.
Entre los ejemplos de discapacidad motora están ausencia de algún miembro que facilite la movilización como brazo, mano, pierna o pie, sea parcial o total.
A su vez, las personas sin amputación, pero con la pérdida de la actividad motriz, entran en esta clasificación.
Con respecto a los criterios de clasificación, se citan los factores que conllevaron a la discapacidad, sean desde el nacimiento o en consecuencia de accidentes o traumatismos.
2. Sensorial
Por otro lado, la discapacidad sensorial, se define como la pérdida progresiva o total de las facultades visuales y auditivas, dependiendo de la severidad de la restricción.
De esta manera, se citan a las enfermedades congénitas o adquiridas que conlleven a una alteración funcional y orgánica de la vista y audición.
Para citar algunos ejemplos, se agrupan a la ceguera parcial o total, hipoacusia (disminución de la capacidad auditiva), sordera o cofosis (pérdida global de la audición).
De acuerdo con los criterios de clasificación, están los factores de riesgo, causas presentes, efectos psicosociales y el entorno donde se desarrollan los pacientes.
3. Psicosocial
Se le considera discapacidad psicosocial a aquellas alteraciones variables y constantes que limitan el funcionamiento emocional y conductual del individuo.
Por ende, los aspectos que evalúan para determinar este tipo de discapacidad, están el autocuidado, habilidades dentro del entorno y círculo íntimo, comunicación y otras aptitudes.
Entre los ejemplos que dictaminan el diagnóstico, están trastornos de bipolaridad, cuadros crónicos de depresión, esquizofrenia y otros grandes síndromes psiquiátricos.
De esta manera, los criterios de clasificación abordarán los diversos trastornos que identifican al paciente, además, de los factores condicionantes y las causas presentes.
4. Intelectual
La discapacidad intelectual fue definida en 1992 por la Asociación Americana de Retardo Mental o AMMR como ‘las limitaciones sustanciales en el funcionamiento intelectual’.
Por otro lado, añade la AMMR ‘se caracteriza por un funcionamiento inferior al promedio, que coexiste junto a limitaciones en dos o más de las áreas de comunicación, vida doméstica, autocuidado y habilidades sociales’.
Sin embargo, a pesar que tenga ciertas semejanzas con la discapacidad psicosocial, son diferentes, ya que estudia al individuo bajo el coeficiente intelectual.
No obstante, la AMMR modificó el concepto en el 2002, especificando a una persona con discapacidad a partir del nacimiento o antes de los 18 años de edad.
Con respecto a las enfermedades que entran en este tipo de restricción están el síndrome de Down que presente retardo mental, fenilcetonuria, sufrimiento fetal, hipoxia neonatal, entre otras.
Términos que no deben emplearse
Con la creación de estatutos que velan a las personas con discapacidad, se han impulsado a los mismos dentro de la sociedad y no como pacientes o enfermos.
De este modo, se evita algunos términos que pueden ser peyorativos y ofensivos como lisiado, minusválido, retrasado, enfermo, ciegos, sordos, trastornado, entre otros.
Por otra parte, las personas con este tipo de impedimento, son seres humanos y especiales, que inclusive pueden poseer habilidades y aptitudes que los hacen únicos.
Asimismo, recordemos que los derechos no son solamente para las personas sin ningún tipo de impedimento, sino, también para todos, sin distinción de ninguna índole.
Derecho de las personas con discapacidad
A partir del 13 de diciembre de 2006, la ONU estableció de manera legal la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Por lo tanto, se enumeran diversos parámetros o acápites con la finalidad de profundizar en los derechos irrefutables y legales de estas personas:
- Derecho a la vida y a la libertad.
- Ser autónomo
- No ser discriminado y ser partícipe dentro de la sociedad
- Derecho a la igualdad de oportunidades
- Respeto de la privacidad
- Derecho a la salud.
- Libertad de expresión
- Derecho al trabajo y a un salario igualitario.
- Derecho a la educación.
- Gozar de seguridad y recreación.
- Formar una familia.
- Tener una vida digna.
De este modo, es fundamental, identificar que las personas con discapacidad son seres excepcionales y especiales, que merecen todo el amor, respeto e igualdad en sus derechos.